El Mundo - 30.10.2019

(Sean Pound) #1

EL MUNDO. MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2019
14


ESPAÑA
i


XAVIER BORRÀS VALENCIA
Audiencias infladas, facturas pre-
sentadas por duplicado para justi-
ficar gastos de empresas distintas,
ocultación de que ya se estaba co-
brando otra subvención por el mis-
mo concepto, cruce de trabajos en-
tre empresas del mismo grupo, al-
quiler de locales de la propia
familia, etc. Francisco Javier Puig,
hermano del presidente de la Ge-
neralitat, Ximo Puig, pudo cometer
un sinfín de irregularidades para
beneficiarse, entre 2015 y 2018, de
hasta 588.000 euros en subvencio-
nes de los gobiernos valenciano,
catalán y aragonés concedidas a la
promoción de la lengua en prensa.
Múltiples irregularidades que es-
tán contenidas en la querella que el
Partido Popular presentó contra
Francis Puig, como administrador
de Comunicació dels Ports SA y
Mas Mut Produccions SL, y que le
llevarán a declarar como imputado
ante el Juzgado Número 4 de Va-
lencia por un presunto delito de
fraude en las subvenciones.

También esta citado como impu-
tado el director general de Política
Lingüística de la Conselleria de
Educación, Rubén Trenzano, res-
ponsable directo del programa de
subvenciones a la prensa lanzado
por Compromís desde el departa-
mento que encabeza Vicent Marzá.
A Trenzano se le atribuyen deli-
tos de fraude, malversación de cau-
dales públicos y prevaricación por,
entre otras cosas, no haber realiza-
do la oportuna y diligente compro-
bación de que las subvenciones
concedidas a estas dos empresas
se estaban realizando en los térmi-
nos establecidos en el plan de con-
trol que debería haber elaborado el
órgano encargado de esta línea de
ayudas a medios de comunicación.
Trenzano tiene además abierta
otra causa por supuesto delito de
falsedad documental puesto que,
según el PP, mintió en un acto ad-
ministrativo, cuando en abril de
2018 afirmó en una resolución que
se había hecho el control corres-
pondiente de las ayudas a las em-

presas de las que es administrador
Francis Puig y que no había evi-
dencias de irregularidades.
Los hechos arrancaron ya en
2015, el primer año en el que Com-
promís lanzó su programa de sub-
venciones a prensa, radio y televi-
sión que dediquen un espacio a in-
formar en valenciano. Las ayudas
se reparten en función de paráme-
tros como las horas de emisión en
valenciano, el número de oyentes,
espectadores o lectores. Y para ello
se deben justificar una serie de
gastos asociados a la explotación
de esta actividad periodística.

Aquel primer año, Comunicació
dels Ports recibió 32.124 euros de
subvención. La actividad televisiva
de la empresa de Francis Puig me-
reció 13.813 euros y también reci-
bió ayudas en la rama de prensa
escrita por 10.888 euros. En total,
56.8236 euros para todo el año,
cantidad que al año siguiente au-
mentó a los 83.139 euros, en 2017
de 86.045 euros y en 2018 de
54.118 euros. En total, 280.128 eu-
ros en cuatro ejercicios.
Lo que el PP denuncia, entre
otras cuestiones, es que, en parale-
lo a la recepción de estas subven-

ciones, las empresas del hermano
del presidente valenciano se han
beneficiado de ayudas similares,
con bases casi idénticas, del Go-
bierno de Cataluña sin que eso ha-
ya sido notificado formalmente en
la solicitud de ayudas. En total,
otros 163.915 euros públicos.
Sorprende, por ejemplo, que la
audiencia estimada de Televisió
dels Ports sea de 35.000 espectado-
res, cuando el ámbito de emisión
de la señal, que es la comarca de
Els Ports, tiene una población de
5.266 habitantes. Puig lo atribuye
una campaña para hacerle daño.

El hermano de


Puig, imputado


por fraude


Declarará ante el juez por las subvenciones


de la Generalitat recibidas por sus empresas


Condenan al ex alcalde socialista


de Alicante por prevaricación


La Audiencia le impone ocho años de inhabilitación por fraccionar contratos


S. S. M. / D. M. ALICANTE
La Sección Tercera de la Audiencia
Provincial de Alicante ha condena-
do a sendas penas de inhabilita-
ción al ex alcalde socialista de Ali-
cante Gabriel Echávarri y a dos de
sus antiguos asesores –su jefe de
gabinete, Lalo Díez, y el asesor de
Comercio, Pedro de Gea–, por pre-
varicar en la adjudicación de diver-
sos contratos de la Concejalía de
Comercio, concretamente los rela-
tivos a la promoción publicitaria de
una gala del comercio y a la reno-
vación de cartelería en dos merca-
dos municipales y un mercadillo.
El tribunal ha impuesto al ex pri-
mer edil alicantino ocho años y
medio de inhabilitación especial
para empleo o cargo público que
implique el ejercicio de los cargos
de alcalde, teniente de alcalde o
concejal de cualquier corporación
local. Por su parte, el ex asesor Pe-
dro De Gea también ha sido conde-
nado a ocho años y seis meses de
inhabilitación, en su caso para ejer-
cer como asesor o funcionario de
cualquier corporación local. Final-

mente, el que fuera jefe de Gabine-
te de Alcaldía, Lalo Díez, ha sido
condenado a siete años de inhabi-
litación para el ejercicio de los
mismos cargos que el anterior
acusado. La sentencia fue notifica-
da este martes a las partes, que
pueden recurrirla en
apelación ante la Sala
de lo Civil y Penal del
Tribunal Superior de
Justicia de la Comuni-
dad Valenciana (TSJCV).
El tribunal considera
a Echávarri autor de un
delito continuado de
prevaricación; al asesor
de Comercio, coopera-
dor necesario del mis-
mo delito continuado y
al ex jefe de Gabinete
de la Alcaldía, cooperador necesa-
rio de un delito de prevaricación,
sin continuidad delictiva.
La Sala ha declarado probado
que los tres acusados «actuaron ar-
bitrariamente» al adjudicar, entre
noviembre y diciembre de 2016, un
total de 25 contratos menores des-

de la Concejalía de Comercio, com-
petencia que tenía delegada enton-
ces el propio alcalde. A su juicio, al
operar de ese modo, beneficiaron
«siempre y únicamente» a profe-
sionales elegidos «por propia vo-
luntad del alcalde y de sus aseso-
res». De acuerdo con la
sentencia, de esas 25
facturas, nueve «supe-
ran la mera irregulari-
dad administrativa».
Son las correspondien-
tes al pago de la finan-
ciación y promoción pu-
blicitaria de la Gala de
los Premios del Comer-
cio 2016 y las incluidas
en un bloque destinado
a la renovación de car-
telería de dos mercados
municipales y un mercadillo.
Para los magistrados, en el caso
de esas nueve facturas, los acusa-
dos «contravinieron, consciente y
plenamente, los principios de la
contratación relativos a la libertad
de acceso a las licitaciones, publi-
cidad y transparencia».

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, en un mitin que protagonizó junto a Pedro Sánchez a principios de mes. BIEL ALIÑO


Echávarri. M. LORENZO


OPTIMUM HOLDING
SANITARIO, S.L.U.
(Sociedad Absorbente)
OPTIMUM ARAGÓN, S.L.U.
(Sociedad Absorbida)
Anuncio de Fusión
Deconformidadconlodispuestoenelartículo
43 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre
modificaciones estructurales de las
sociedades mercantiles y demás disposicio-
nes concordantes, se hace público que el
SocioÚnicodelaSociedadAbsorbente,eldía
21 de Octubre de 2019, acordó la fusión por
absorción de la sociedad OPTIMUM
ARAGÓN, S.L.U. por OPTIMUM HOLDING
SANITARIO, S.L.U., adquiriendo ésta el
patrimonio de la sociedad absorbida, que
quedará disuelta y extinguida, sin liquidación,
con el traspaso a la sociedad absorbente de
todoslosbienes,derechosyobligacionesque
componensupatrimonio.
La fusión se acordó de conformidad con el
Proyecto de Fusión conjunto suscrito por los
Órganos deAdministración de las compañías
eldía7deOctubrede2019ydepositadoenel
Registro Mercantil de Madridy, los Balances
deFusióncerradosa31deAgostode2019y
aprobados por el Socio Único de la Sociedad
Absorbenteeldía21deOctubrede2019.La
fusióntendráefectoscontablesapartirdeldía
1deEnerode2019.
Encumplimientodelodispuestoenelartículo
43 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre
modificaciones estructurales de las
sociedades mercantiles, se hace constar
expresamente el derecho de los socios y
acreedores de las Sociedades que participan
en la fusión a obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y de los Balances de
Fusión, los cuales se encuentran a su
disposición en los respectivos domicilios
sociales.
Asimismo,talcomoestableceelartículo44de
laLey3/2009de3deAbril,sobremodificacio-
nesestructuralesdelassociedadesmercanti-
les, la fusión no podrá ser realizada antes de
que transcurra un mes, contado desde la
fechadelúltimoanunciodelasdecisionesdel
Socio Único de la sociedad absorbente.
Durante este plazo los acreedores de las
sociedadesquesefusionan,podránoponerse
a la fusión en los términos previstos en el
artículo44delacitadaLey.
EnMadrid,a23deOctubrede
ElAdministradorÚnico
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MarcialLópez-DiéguezGamoneda

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RUMBO A LAS URNAS LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA

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