Resolución SIC 56766 de 2023 -22 sep2023) sanción aGLORIA YAMILE BONILLA CHAUVEZ y BERNARDO BONILLA PARRA por ($3.480.000 COP), Cámara de Propiedad Raíz Lonja Inmobiliaria, por ejercicio ilegal de la actividad del avaluador, conforme Ley 1673 de 2013.

(Andres Henao Baptiste) #1
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  1. El 11 de agosto de 2023 la Superintendencia de Industria y Comercio SIC expide la RESOLUCIÓN NÚMERO
    47531 DE 2023 (11 AGOSTO 2023) “Por la cual se incorporan unas pruebas y se corre traslado para alegatos de
    conclusión” al Expediente No. 23-35255. Donde de conformidad con el artículo 48 del Código de Procedimiento
    Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, pone a disposición de la señora Gloria Yamile Bonilla Chauvez
    y del señor Bernardo Bonilla Parra el expediente bajo radicado 23- 35255 , por el término de diez (10) días hábiles
    contados a partir de la fecha de recibo del ese acto administrativo, para que, si lo consideran pertinente en ejercicio
    de su derecho de defensa y contradicción presenten los alegatos de conclusión respectivos.

  2. El 28 de agosto de 2023 presentan los alegatos de conclusión Gloria Yamile Bonilla Chauvez y Bernardo
    Bonilla Parra a la Resolución No.47531 de 2023 de la SIC del radicado No.23- 35255 .. En el punto ,7 de la página
    7, indican que:


“ 7. Aprobación por parte de Accenorte, la ANI y la interventoría respecto del Informe Técnico
denominado "Proyecto sociedad concesionaria Accenorte S.A.S - Tasación de reconocimiento
económico adicional {daño emergente} - negociación directa" Precisamente, se adjunta como prueba
a este escrito, los informes remitidos directamente por Accenorte mediante el oficio identificado con el
radicado NºACNB- 17679 - 2023 conforme a lo cual se demuestra, nuevamente, que el informe fue
elaborado por el señor Alberto Cristancho y que estos fueron debidamente aprobados.
En otras palabras, la firma del valuador actuante y su conducta propiamente dicha como avaluador con
inscripción en el RAA en la categoría Nº13 fue reconocida por la Interventora Consorcio ETSA - SIGA
del Proyecto Vial Corredor Troncal De Los Andes.”
Se concluye entonces que no existió ninguna irregularidad o imprecisión ni mucho menos una infracción
normativa en la elaboración del mencionad informe, pues de haber existido, el mismo no habría sido
aprobado por Accenorte, la ANI y la correspondiente interventoría, lo que resulta de suma relevancia para
resolver la presente actuación y con ello, que la Superintendencia proceda a ordenar su archivo.

A estos alegatos de conclusión le anexan como pruebas una Comunicación NºACNB- 17679 - 2023 de fecha 10 de
agosto de 2023 remitida por AcceNorte. (Prueba Nº 1 ), donde anexan imágenes de 19 avalúos de “tasación de
reconocimiento económico adicional (daño emergente) negociación directa” que indican que fueron elaboraros por
Gloria Yamile Bonilla Chauvez y Bernardo Bonilla Parra con una hoja adicional sin numeración con la firma del
avaluador actuante Alberto Cristancho Varela con RAA AVAL 79140155. La relación de los avaluos que
presentan son:


AVALÚOS CORPORATIVOS DE LA CÁMARA DE PROPIEDAD RAÍZ LONJA INMOBILIARIA CON FECHA
ÍTEM No. DE AVALÚO FECHA
1 ANB- 3 - 025 miércoles, 29 de julio de 2020
2 ANB- 3 - 026 miércoles, 29 de julio de 2020
3 ANB- 3 - 027 jueves, 12 de enero de 2023
4 ANB- 3 - 028 miércoles, 29 de julio de 2 020
5 ANB- 3 - 029 miércoles, 29 de julio de 2020
6 ANB- 3 - 030 miércoles, 29 de julio de 2020
7 ANB- 3 - 031 miércoles, 29 de julio de 2020
8 ANB- 3 - 032 miércoles, 29 de julio de 2020
9 ANB- 3 - 033 miércoles, 29 de julio de 2020
10 ANB- 3 - 034 miércoles, 29 de julio de 2020
11 ANB- 3 - 035 miércoles, 29 de julio de 2020
12 ANB- 3 - 036 miércoles, 29 de julio de 2020
13 ANB- 3 - 037 miércoles, 29 de julio de 2020
14 ANB- 3 - 037A miércoles, 29 de julio de 2020
15 ANB- 3 - 038 lunes, 13 de julio de 2020
16 ANB- 3 - 039 miércoles, 29 de julio de 2020
17 ANB- 3 - 040 miércoles, 29 de julio de 2020
18 ANB- 3 - 041 miércoles, 29 de julio de 2020
19 ANB- 3 - 042 miércoles, 29 de julio de 2020
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