Sociedad Y Cultura En La Antigua Mesopotamia - Klima Josef

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obligado a entregar al shamallum un recibo por el dinero que
había recibido de aquél procedente de las mercancías, vendidas.
Si el tamkdrum volvía a exigir del shamallum la cantidad acre­
ditada mediante recibo, era condenado a pagar el séxtuplo de
esta cantidad como multa. Pero, si el shamallum no disponía
de un recibo para justificar que ya había entregado la suma en
cuestión,.debía pagarla de nuevo.

; LOS CREDITOS

Con el tiempo, los tamkárü se ocuparon cada vez más de la
concesión de créditos. Ya en las colonias comerciales de la anti­
gua Asiría y con mayor frecuencia aún en la época paleobabiló-
nica está atestiguada la existencia de numerosos comerciantes
al por mayor, que habían reunido suficientes medios moneta­
rios para poder conceder créditos a tamkárü de menor impor­
tancia o a otras personas. Uno de estos grandes comerciantes
fue por ejemplo Balmu-namkhe, en Larsa; en el período neo-
babilónico, las familias Murashu, en Nippur, y Egibi, en Ba­
bilonia, poseían grandes empresas comerciales, que fueron ad­
ministradas por ellas, según se ve en sus propios archivos, du­
rante varias generaciones:. A menudo, los tamkárü rebasaron
en sus funciones de «banqueros» los límites de las transacciones
comerciales normales, explotando en exceso a las capas econó­
micamente débiles de la población para conseguir una ganan­
cia, que era manifiestamente usuraria. Los legisladores intenta­
ron por ello, aunque con frecuencia inútilmente, limicatestos
excesos de los tamkárü. No era una tarea fácil ni mucho menos.
Por un lado, era necesario proteger a la clase de los ciudadanos
libres contra las manipulaciones abusivas en relación a su segu­
ridad material para no hacer peligrar la prosperidad del país y
sus fuerzas defensivas. Por otro lado, las posibilidades de que
disponía el soberano para adoptar medidas efectivas contra los
tamkárü estaban muy limitadas por los intereses de los altos
dignatarios, del templo y de los más notables e influyentes
tamkárü.
Los resultados d e los esfuerzos fueron una serie de preceptos,
algunos de ellos puramente formales, sobre ciertos negocios
jurídicos (como ya hemos mencionado anteriormente) y sobre
los intereses máximos que podían percibirse. Entre estos pre­
ceptos se cuentan también las tarifas de precios y salarios cita­
dos antes. Según el código de Eshnunna, los tamkárü y las ta­
berneras no podían aceptar mercancías de los esclavos ni conce-
der créditos a menores ni a esclavos.
En el código de Eshnunna y en el de Hammurabi el interés
máximo que podía pedirse por un préstamo es de un 20 por
: 100, si este préstamo era de dinero, y un 33 1 / 3 por 100 si era

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