tenía ofresida haser de las hasiendas que vendía dicho Ayudante por si
y sus partes como consta todo por los Autos que sobre esta materia se
han operado y hechas las demás diligencias que fueren necesarios se
me entreguen dichos Autos, para con ellos presentarme en el justo y
piadoso Tribunal de su Señoría para su finalización y costos y juro no
ser de malisia y en lo necesario su Señoría = Don Joseph de Santiago.
Por presentada en quanto ha lugar por derecho y vista la
representación que esta parte desistimento de las compras que esta
parte tiene ofresidas a las ventas que se le hicieran por el Ayudante
Martín de Burgos y sus partes y visto el desistimento que ha hecho el
dicho Ayudante de dichas ventas por si y en nombre de las suyas como
consta por su escripto les doy al dicho Sargento Mayor Don Joseph de
Santiago de dicha compra y por lo que mira a lo que esta parte
representa sobre el término pedido por dicho Ayudante Burgos para
sacar los ganados que tiene y el dicho Sargento Mayor deja aquí yo lo
determine se le conceda el término al dicho Ayudante Burgos para que
los mantenga asta la determinación de estos Autos por su Señoría, el
Señor Gobernador y Capitán General y se les haga saver para que les
conste y haga que sean, las notíficasiones y demás obligaciones que se
ofresieren se le entreguen los Autos al suso dicho Sargento Mayor Don
Joseph de Santiago, como lo pide para con ellos presentarse en el
Tribunal de su Señoría el Señor Capitán de Cavallos Corasas Don
Joseph Antonio de Mendizaval y Azcue, Gobernador y Capitán General
de esta Isla de San Juan de Puerto Rico por su Magestad (Q.D.G.) y así
lo proveo y mando en este Sitio de Añasco en catorce días del mes de
septiembre de mil setecientos y veinte y ocho días que lo firmo de que
doy fee = Por mi y Ante mi = Andrés Martínez de Quiñonez.
A continuación, Yo el Teniente y Capitán a Guerra notifiqué e
hise saver el Auto del Reino al Sargento Mayor Don Joseph de
Santiago en su persona doy fee = Por mi = Don Andrés Martínez de
Quiñonez.
A continuación, Yo dicho Teniente y Capitán a Guerra
notifiqué el Auto citado arriva al Ayudante Martín de Burgos por sí y
en nombre de sus partes doy fee = Por mi = Andrés Martínez de
Quiñonez.
En el Sitio de Añasco Arriva, término y jurisdicción de la
Villa de San Germán en quince días del mes de septiembre de mil
setecientos veinte y ocho años, yo el Teniente y Capitán a Guerra Don
Andrés Martínez de Quiñonez, Juez Comisionario por su Señoría, el
Señor Capitán de Cavallos y Corasas Don Joseph Antonio de
Mendizaval y Azcue, Gobernador y Capitán General de esta Isla y
Ciudad de San Juan de Puerto Rico por el Rey Nombrado (Q.D.G.), en
que se sirve su Señoría por su Auto de diez y seis del mes de agosto de
anascopr
(Anascopr)
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