Pastoral de esta Isla y para que conste lo pongo por diligencia y de ello
doy fee = Bastardo, Señor Secretario de Gobierno.
En la Ciudad de San Juan de Puerto Rico en veinte y un día
del mes de febrero de mil setesientos y veinte y nuebe años el Señor
Capitán de Cavallos Corasas Don Joseph Antonio de Mendizaval y
Azcue, Gobernador y Capitán General desta dicha Ciudad e Isla por el
Rey Nuestro Señor dijo que por cuanto consta en estos Autos haver
afianzado el Sargento Mayor Don Joseph de Santiago la Fundazión del
Pueblo de Añasco la que ha de concluir entre el término de dos años
según consta de la escriptura de fianza como también hallarse él al
cuido el punto del Capellán en atención a las diligencias exortatorias
que han corrido entre el Ilustrísimo y Excelentísimo Señor Obispo y su
Señoría que se hallan acumuladas al proceso debe su Señoría mandar
como expresamente manda se le despache Título de Teniente a dicho
Sargento Mayor como principal poblador a que gozara por dos vidas
con las demás circunstancias de preferencia que su Magestad le
concede por su Real Ley citada en el Auto de veinte de noviembre del
año próximo pasado quedando ___ en las penas que en ella se exponen
en caso de no cumplir con la afianzado y en la misma conformidad se
le manda al dicho Sargento Mayor que con intervención del Teniente
Don Andrés Martínez de Quiñonez nombre las personas beneméritos
para ocupar los empleos militares los que serán a todos para pasar a
esta Ciudad a recibir sus Títulos y deberán correr los dos años
señalados para perfeccionar la fundazión desde el día de la fecha del
último Título de los Oficiales del año, y porque es concluída esta
determinación hagásele saver a dicho principal poblador y desele la
copia de Auto que pide en su escripto sacando así mismo testimonio
para remitir a su Magestad: Entréguense los originales en la Secretaria
del jusgado Eclesiástico como se prebiene por dicho Auto ya citado y
hagáseles saver a los fiadores y a dicho Teniente y al Cavildo Justicia y
Regimiento de dicha Villa de San Germán y así lo proveyo mando y
firmo su Señoría de que doy fee = Don Joseph Antonio de Mendizaval
y Azcue = Ante mi = Don Diego del Bastardo, Señor Secretario de
Gobierno.
A continuación Yo el Señor Escribano hise saver el Auto de
Arriva al Sargento Mayor Don Joseph de Santiago en su persona y se le
entregue para el efecto de lo que en el por el Señor Gobernador y
Capitán General se manda y de ello doy fee = Bastardo, Secretario de
Gobernación.
En el Sitio y Pueblo de San Antonio de Abad término y
jurisdicción de la Villa de San Germán en dies y seis días del mes de
marzo de mil setecientos veinte y nuebe años, yo el Sargento Mayor
Don Joseph de Santiago en cumplimiento de lo mandado por su
anascopr
(Anascopr)
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