FGE: Añasco - Caja 399 - Legajo: 1814 - Fecha: 1 de junio de 1814 -
Ficha: 14/06/01.
Texto Complejo de Legajo 1814 Ficha 14/05/02
En este Pueblo de San Antonio Abad de Añasco a los dos días
del mes de mayo, y año de un mil ochocientos y catorce se presentaron
en esta Sala Consistorial a Cabildo Ordinario los Señores Alcalde
primero, Don Pedro Bruno Delgado, el Alcalde segundo, Don Dionisio
Gómez, los Regidores Don Eusebio Serrano, Don Juan Miguel Arcelay,
Don Eusebio Rodríguez, Don Santiago Plaza y Don Joseph de Robles;
los Síndicos Procuradores, Don Pedro Crisólogo de la Xara y Don
Remigio de Rivera, no haviéndose presentado los tres Regidores Don
Domingo José Quijano, Don Pedro Puyales y Don Juan Morales por
hallarse enfermos. Trajeron a la vista la orden impresa del Señor Jefe
Político Superior de la Provincia fechada veinte y seis de marzo de este
año que se acaba de recibir por el correo ordinario en que se insertó el
Soberano Decreto de las Cortes Generales de la Nación el día 1° de
noviembre último, relativa a los enterramientos fuera de poblado, a fin
de que se elija Sitio para el Cementerio Provisional, y lo demás que
instructivamente se previene, acordaron que inmediatamente se cumpla,
guarde y observe lo prevenido en el citado Soberano Decreto, y al
efecto se proceda a señalar el terreno con acuerdo del Padre Cura
Rector, a quién se avisará por medio de los Regidores, Don Santiago
Plaza y Don Joseph de Robles que desde ahora se nombran en calidad
de Diputados especiales para que pongan en ejecución todo lo
concerniente al cumplimiento con toda la facultad del Ayuntamiento,
pasando los oficios que fueren necesarios, y administrando el ramo de
los tramos que exigirán del mayordomo, bajo la presunción de llevar
cuenta de los gastos reservándose el señalamiento de el Sitio para el
Cementerio Permanente para cuando su Señoría, el Señor Jefe Político
haya remitido el Reglamento que ofrece en la citada orden sobre el
cual, y el plano que se formare recaerá el de este Ayuntamiento con las
demás providencias que fuesen necesarias y convenientes; y
concluyeron con acordar que para cada testimonio de esta acta se de
cuenta, avisando en el preciso término de un mes el citado en que se
hallare la edificación, la edificación y demás del caso, en el concepto
que en adelante nadie se sepultará en otro lugar; y lo firmaron los
exponera los Señores de que yo el Secretario doy fe = Pedro Bruno
Delgado = Dionisio Gómez = Eusebio Serrano = Juan Miguel Arcelay
= Eusebio Rodríguez = Santiago Plaza = + = Pedro Crisólogo de la
Xara = Remigio de Rivera = Nota: El Regidor Don Joseph Robles hizo
una Señal de Cruz por no saber aún firmar.