Texto Completo del Legajo
Excelentísimo Señor Gobernador y Capitán General
Presbítero Don Francisco Pimentel, Cura Párroco del Pueblo
de Añasco, del modo más reverente a V. E. Represento y que el actual
mayordomo de esta Santa Iglesia Parroquial, Don Manuel Heredia hace
muchos años está cobrando y percibiendo no solamente los derechos de
la fábrica, sino mucha parte de lo que me corresponde a mí y al
Sacristán, según he podido averiguar, sin que hasta esta fecha haya
ajustado cuenta conmigo a pesar de las muchas y repetidas
reclamaciones que amistosamente le hecho sobre el particular, ni
puesto en el Arca de la Iglesia los caudales recaudados, según lo
prevenido por S. M. En Real Cédula de Julio del 1797; ni hecho el
menos gasto en lo material de la fábrica, ni aún el de suministrar pan,
vino, cera y lo demás necesario.
Como quiera que estoy convencido de que jamás se logrará
esta operación, si no interviene directamente la Superior Autoridad de
V. E. Y que por otra parte veo comprometida mi responsabilidad con
arreglo a lo dispuesto en la citada Real Cédula, que todo Cura Párroco
conserve en su poder una de las tres llaves de la Arca, y que el
mayordomo no pueda sacar más que doscientos pesos cada año para los
gastos comunes, máximo, cuando el referido mayordomo no tiene
bienes algunos, ni ha otorgado la fianza que por mismo Gobierno
Superior se le tiene prevenido, siendo mucho menores lo que posee que
con acreencias que tiene sobre ello. Me veo obligado a recurrir a la
recta justificación de V. E. Suplicándole se sirva conferir comisión
especial a la persona que sea de su superior agrado para que entienda en
el juicio de estas cuentas y se conozca si la deuda que aparece contra la
fábrica es suya como en las cuentas apareciere o proviene de los abonos
que yo he hecho a la Iglesia, e igualmente en la demanda particular que
debo promover contra el referido por cantidad de pesos que me adeuda,
ya que efectivamente promover ante el ex-Alcalde de este Pueblo. Don
Francisco de Medrano Ramírez cuyos resultados acompaño a V. E. En
el expediente Número 1 a efectos suplicándole se sirva mandar se
devuelva para los fines convenientes.
En este expediente verá V. E. Comprobado mi justo temor con
respeto a que no se logrará la redención de cuentas sin la interposición
de V. E. Pues lejos de responder a mis preguntas se desembaraza con
una multitud de calumnias e insultos a mi honradez y delicadeza; puro
efecto de la parcialidad hasta el término de nombrarse testigos jurados
los mismos que si fuera preciso jurarían no haberlo sido sino llamados
de momentos y suplicados para firmar.
anascopr
(Anascopr)
#1