Usos y desusos del derecho en la Cuba socialista actual 121
tación la tierra y perfeccionar la comercialización de los productos
agropecuarios. Con esto, se concretan ideas de localización mediante
la municipalización de soluciones. La segunda medida es el aumento
de precio por el Estado a la compra a los campesinos de su produc-
ción agraria relacionada como la papa, hortalizas, café, coco, carne de
cerdo y leche.
La otra regulación de importancia tomada en este período es la
aprobación de la nueva Ley de Seguridad Social^26 y su Reglamento.^27
Esta ley modificó en esencia temas muy sensibles para la población
como fue la prolongación de la vida laboral debido a la baja natalidad
poblacional y el envejecimiento de la población económicamente
activa, además, amplió derechos y los actualizó en función de las nue-
vas realidades, teniendo en cuenta nuevas medidas salariales, de
empleo y actores laborales que no tenían protección alguna de seguri-
dad social como eran los trabajadores por cuenta propia.^28 Lo rele-
vante de esta modificación legal, además de su contenido, fue su
carácter participativo. Se llevaron a cabo 85 301 asambleas de traba-
- Ver Ley No. 105 de 2008 de Seguridad Social, Gaceta Oficial No. 004, Extraordinaria,
de 22 de enero de 2009. http://www.gacetaoficial.cu/ - Ver en Lee, Susana, “En vigor Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, Periódico
Granma, 9 de mayo de 2009, http://www.granma.cubaweb.cu/2009/05/09/nacional/
artic03.html - La vida laboralmente activa se modificó a 30 años de edad laboral, teniendo 65 años
los hombres y 60 años las mujeres para poder retirarse. La anterior regulación preveía la
edad de retiro en 60 y 55 años respectivamente. Con respecto a los derechos “se modi-
ficó el cálculo de las pensiones para que su cuantía tenga mayor correspondencia con el
aporte y la permanencia del trabajador. Se puede percibir más de una pensión de seguri-
dad social a la que se tenga derecho, eliminándose la prohibición sobre el tema, lo cual
beneficia a los menores huérfanos de ambos padres y a las viudas que se jubilaran como
trabajadoras. En el caso del viudo se otorga un nuevo derecho, optar por la pensión que
le sea más favorable. Se elimina el tiempo mínimo de servicios prestados, para que el tra-
bajador tenga derecho a la pensión por invalidez total y parcial, con lo que aumenta la
protección a este riesgo al sólo tener que acreditar el vínculo laboral. Se incorpora un
régimen especial de la seguridad social para todos los trabajadores por cuenta propia, con
lo cual la cobertura abarcará a todos los trabajadores del país. Los pensionados por vejez
que cumplan los nuevos requisitos de edad y tiempo de servicios, pueden reincorporarse
al trabajo y devengar la pensión y el salario íntegro del cargo que ocupen, si se incorpo-
ran a un cargo diferente al que desempeñaban al momento de obtener la pensión. Los
pensionados por vejez reincorporados al trabajo cuando se enfermen o accidenten tienen
derecho al cambio del subsidio, además de la pensión que reciben”. http://
http://www.granma.cubaweb.cu/secciones/seguridad-social/art-004.html y http://www.gace-
taoficial.cu/.