Usos y desusos del derecho en la Cuba socialista actual 123
de las pensiones por retiro en varias ocasiones y, finalmente, la que es
consideraba más importante, la aceptación del pluriempleo y por con-
siguiente de la eliminación de topes salariales.^31 Este paso, además de
las implicaciones jurídicas que tiene en el ámbito fiscal,—impuestos
por ingresos en labores que los impliquen—, y laboral—con respecto
a la implementación de horarios laborales flexibles, formas de
contratación parciales, aportes y beneficios para la seguridad social
según ganancias, etc.—, si podrían incidir con mayor fuerza en el
ingreso salarial de la población en los sectores autorizados.^32
Por último, comentar que en la misma línea de rearticulación del
estado cubano, en el año 2010 se han comenzado a disponer de cam-
bios muy relevantes para el funcionamiento del sistema económico y
social del país. Cómo se conoce, se está llevando a cabo un proceso
complejo en el sistema burocrático estatal de reducción de plantillas
de más de un millón de trabajadores; en una primera etapa comprende
entre septiembre de 2010 y abril de 2011, serán declaradas interruptas
500 000 personas, posteriormente, se llevará a cabo un segundo pro-
ceso que aún no se define. El objetivo, desburocratizar el estado, elim-
inar cargas económicas innecesarias, frenar el paternalismo en el cual
se ha visto inmerso el gobierno cubano durante el proceso revolucio-
nario. Es decir, cambiar la noción de que el trabajo es un valor vincu-
lado sólo al estado sino que es el factor que genera la producción,
reactiva la economía, y produce bienestar social, siempre y cuando sea
honesto y realizado en un dialéctico devenir entre la satisfacción indi-
vidual y colectiva del pueblo cubano.
Por supuesto, esta es la primera vez durante el proceso revolucio-
nario cubano que se lleva a cabo un “despido masivo” de trabajadores
- Ver el Decreto Ley No. 268 “Modificativo del Régimen Laboral” del Consejo de
Estado, Gaceta Oficial No. 022, Extraordinaria, de 29 de junio de 2009.http://www.gace-
taoficial.cu/. - El pluriempleo no sería aplicable a los cuadros y funcionarios, técnicos y profesiona-
les de la salud, investigadores, profesores, maestros y auditores, excepto para el ejercicio
de cargos docentes, de investigación científica u otros que le sean aprobados por deci-
sión expresa de la autoridad u órgano que los designó o eligió. http://www.trabajado-
res.cu/news/2009/6/29/dictan-decreto-ley-no-268-201cmodificativo-del-regimen-
laboral201d/?searchterm=decreto%20ley%20268.