Cuenta Pública Guido Girardi

(Guido Girardi) #1

¿Por qué esta ley?


En Chile las empresas de telecomunicaciones ofertan los servicios de internet con una alta velocidad promedio que, sin em-
bargo, a la hora de mayor demanda disminuye significativamente hasta llegar a ser inutilizable.


Presentamos esta iniciativa que obliga a las empresas a mantener la velocidad ofertada y permite al usuario conocer ipso
facto el tipo de servicio que está recibiendo.


¿Qué indica?


Los proveedores de internet de conectividad fija deben garantizar un 70% de velocidad de acceso en la conexión nacional y un
50% en la internacional.


Los de conectividad móvil, al menos, un 60% de velocidad de acceso en la conexión nacional y un 40% en la internacional.


Ley 21.046 | Publicada en 2017


¿Por qué este proyecto de reforma?


En la actual era digital el teletrabajo, telestudio, telemedicina son una realidad cada vez más generalizada y en constante
crecimiento. Por ello presentamos esta reforma constitucional que garantice el acceso universal a internet y le da categoría de
servicio básico obligatorio (no gratuito) al igual que el agua potable, el alcantarillado, la electricidad.


Esta ley también establece sanciones para quien abuse de las neurotecnologías causando perjuicios a terceros, ya sea como
infracciones a los deberes que impone esta regulación o incluso delitos.


¿Qué indica?


Consagra el acceso a internet como un derecho garantizado.


Protege la libertad de expresión y vida privada en ambientes digitales.


Prohíbe al Estado ejercer control sobre las comunicaciones electrónicas. Por tanto, no podrá recolectar masiva e indiscrimina-
damente datos sobre personas interviniendo la red pública u otro medio de comunicación.


Sólo podrá hacerlo a petición del Ministerio Público.


Proyecto de reforma constitucional | N° Boletín 11.037-07


Velocidad mínima de internet: la gran estafa


Internet, un servicio básico y obligatorio


El Mercurio, 8 de octubre, 2017

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