Fortalecimiento de medidas anti tabaco
¿Por qué esta ley?
En Chile según el informe del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del consumo de drogas y Alcohol (Senda), en 2019 la
prevalencia de alcohol en escolares de 8º a 4º medio era del 29,8% al
mes. Esta ley busca evitar el acceso de menores a la cultura del
consumo abusivo de alcohol, aumenta la sanción por su venta,
restringe la publicidad y prohíbe el contradictorio auspicio de
actividades deportivas.
¿Qué indica?
Prohíbe el ingreso de menores a discotecas donde se venda alcohol.
Obliga a exhibir la cédula de identidad para adquirir alcohol e
ingresar a cabarets, cantinas, bares y tabernas.
Prohíbe toda publicidad de alcohol en cualquier producto,
publicación o actividad para menores, así como en bienes de uso
público -salvo en rutas donde haya viñas o bodegas- y en
actividades deportivas, excepto competencias internacionales.
Ley 21.363 | Publicada en 2021
Restricciones en el comercio de alcoholes a menores de edad
Dra. Lidia Amarales, Directora General RespiraLibre, Cofundadora Chile
Libre de Tabaco
Participando en el "Programa de liderazgo para el control de tabaco en América Latina y Caribe" que se realizó en 2009 en Lima, Perú
La Tercera, 21 de septiembre, 2018
¿Por qué esta ley?
Busca adecuar la legislación chilena al Convenio Marco de la
OMS y tiene como principal objetivo impedir que los menores
de edad se conviertan en los nuevos consumidores de tabaco
para reemplazar a aquellos adictos que lo dejaron o murieron
a causa de sus efectos.
¿Qué indica?
Prohíbe la exhibición de tabaco en estanterías o lugares
asequibles al público.
Prohíbe el uso de sustancias o aditivos que puedan generar
mayor adicción o daño a los consumidores como, por
ejemplo, el cigarrillo mentolado.
Prohíbe fumar en espacios abiertos, áreas protegidas, plazas,
parques o lugares de recreación.
Prohíbe cualquier tipo de publicidad sobre tabaco y sus
marcas, estableciendo la “cajetilla plana o empaquetado
genérico”, que tendrá un fondo de color, tipografía y tamaño
de la letra, únicos.
Proyecto de ley | N° Boletín 8.886-