Sociedad En Comandita Por Acciones
La sociedad en comandita por
acciones es la que existe entre mínimo
5 personas que prometen entregar
determinado aporte de capital
(acciones) y una o más personas que
se obligan a administrar la sociedad,
por sí mismas o a través de delegados.
Los socios que aportan son los socios
comanditarios (accionistas) y los que
administran los gestores. Una
Sociedad es un contrato en el que dos
o más personas se obligan a hacer un
aporte (en trabajo, dinero u otros
bienes) para desarrollar una
determinada actividad, con la
finalidad de repartirse entre sí las
utilidades obtenidas por la empresa.
La sociedad forma una persona
jurídica diferente a sus asociados.
- La constitución de la Sociedad en Comandita por Acciones se debe hacer por
medio de escritura pública ante Notaría, la cual debe registrarse ante la Cámara de
Comercio. - En la oficina de la Cámara de Comercio en la cual se realiza la matricula
mercantil de la sociedad (la del lugar donde va a tener su domicilio principal), se
deben pagar los derechos de inscripción y los impuestos correspondientes.
Además, deberá solicitar la inscripción en el RUT (Registro Único Tributario) de
la sociedad ante la DIAN y el registro ante otras entidades a las que haya lugar
como Secretaría de Hacienda, Planeación, entre otras.
- Se pueden constituir mediante documento privado las sociedades de cualquier
tipo que al momento de su constitución cuenten con menos de 10 trabajadores o
con activos totales por valor inferior a quinientos 500 smlmv (microempresas).