Ministerio de Salud y Protección Social - Resolución 4886 de 2018
damental en el desarrollo de la autonomía de cada uno de los sujetos (parágrafo del
artículo 33, L. 1616/13)
Dichas acciones, por su naturaleza, son susceptibles de convocar a otros entes o autori-
dades, siempre teniendo presente el principio de colaboración armónica y la necesidad
de concertación previa, sin que la expedición de la política pública sea el escenario para
atribuir funciones o hacer mención de aquellas ya previstas en el ordenamiento.
8.5.2 Objetivo
Promover el goce efectivo del derecho a la salud, la dignidad, el bienestar y la calidad de
vida de las personas en sus diferentes entornos de desarrollo mediante la articulación de
los diferentes procesos de gestión de la salud pública a los objetivos, principios y alcance
de la presente Política Nacional de Salud Mental.
8.5.3 Estrategia
Gobernanza multinivel: Responsabilidad compartida entre los distintos niveles de go-
bierno y permite a las autoridades públicas combinar sus experiencias para un mejor
resultado del proceso de planificación e implementación de las políticas públicas. Para
el caso del presente instrumento de política precisa responsabilidades por niveles, con la
participación del Consejo Nacional y los consejos departamentales de salud mental, así:
a. Municipal, distrital y departamental: Incluye la adopción y adaptación de la Polí-
tica en lo territorial, la formulación, evaluación y seguimiento de planes de acción
quinquenales, y la gestión de acciones y recursos para la implementación efectiva,
vinculando dichas acciones a los instrumentos de planeación territorial.
b. Nacional sectorial: Formulación, evaluación y seguimiento de los planes nacionales
sectoriales quinquenales en salud mental, en coherencia con el Plan Decenal de
Salud Pública y el CONPES de salud mental cuando este sea expedido.
c. Nacional intersectorial: Formulación y seguimiento al CONPES salud mental.
d. Gestión del conocimiento local y nacional mediante el fortalecimiento de líneas de
investigación con actores académicos, el fortalecimiento del observatorio nacional
de salud mental y la vigilancia es salud pública de la conducta suicida y las violencias.
Este eje se desarrollará a través de los procesos de gestión de la salud pública descritos en
la Resolución 518 de 2015 expedida por este Ministerio.
Como prioridad para la implementación de la presente política se deben considerar los
siguientes sujetos de especial protección: mujeres, niños, niñas y adolescentes, grupos
étnicos, población LGBTI, personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado, po-
blación en emergencias y desastres, población privada de la libertad, migrantes y otras
poblaciones vulnerables.