Raices Puertorriqueñas Historia de Añasco

(Anascopr) #1

hase y hasen puede a nuestro favor su Señoría = Don Juan de Montalvo
y Mejía por mi y mis partes.
Por desistido y apartado esta parte por si y en nombre de las
suyas y póngase con los Autos que se han operado sobre la Fundazión
del Nuebo Pueblo de Añasco y su Coto y así lo proveo y mando yo el
Teniente y Capitán a Guerra Don Andrés Martínez de Quiñonez, Juez
Comisionario en este Sitio de Añasco en dose días del mes de
septiembre de mil setecientos y veinte y ocho años que lo firmo de que
doy fee = Por mi = Andrés Martínez de Quiñonez.
Gregorio Rodríguez de Olivencia y Francisco González de la
Cruz vesinos de la Villa de San Germán como mejor aya lugar en
derecho y al nuestro combenga paresemos ante V. Ilustrísima y
desimos que a nosotros noticia ha llegado como el Ayudante Martín de
Burgos morador del Pueblo de San Francisco de la Aguada tiene puesta
contradizión al Sargento Mayor Don Joseph de Santiago sobre la
Fundazión del Pueblo que dicho Señor esta por fundar en el Sitio de
San Antonio de Añasco y su Coto la qual contradizión hemos savido
que el dicho Ayudante la ha puesto por sí y por nosotros cosa que nos
ha hecho grave fuerza por no haverle dado poder auténtico a dicho
Ayudante, porque en dicha parte no recibimos ningún daño de dicha
fundazión y solamente lo que presede fue que si el dicho Coto se
pusiera pasado el río nos defendiera pero como antesedentemente
quando pasaron al conoser la dicha tierra, el Cavildo de la Villa, su
Ilustrísima y el Señor Capitán, el Cura y Teniente de la Aguada vimos
que se nos hacía ningún daño, no tubimos sobre que contradezir, y el
dicho Ayudante de su propia autoridad se tomo nuestra voz y causión y
ha ofresido Venta Real de lo que es nuestro, llamará su Ilustrísima al
dicho Ayudante y que muestre el poder que tiene para haver ofrecido
dicha venta y hallará seguro nuestra verdad y nos dará por desistidos de
dicha contradizión porque siendo de tanto útil para Dios Nuestro Señor
y mayormente para nosotros por tener mui retirado nuestro Pueblo de la
Villa para el sacrificio de la misa y los demás sacramentos nunca
pudieramos contradecir semejante bien y por ser nosotros como somos
hijos de padres cristianos viejos cuyas generaciones no nos incitan a ser
contra nuestra Santa Fé Católica y nuestra lealtad tanto para con
Nuestro Rey (Q.D.G.) y Señor antes si defender la fee y estar prompto
al Servicio de Nuestro Rey, por lo cual suplicamos a su Altísimo nos de
por libres y desistidos de dicha contradicción para ahora y en todo
tiempo que no contravendremos ni iremos contra tan gran Servicio de
Dios y de Nuestro Rey como Leales Vasallos por tanto al Ilustrísimo
pedimos y suplicamos nos dé por desistidos de dicha contradicción que
protestamos nuestro celo y prontitud y desvelo se hallan siempre
prompto tanto para el Servicio de Dios como para el de Nuestro

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