Absolutista, Don Fernando VII se vió obligado a proclamar la
constitución doceoñista el 7 de marzo de 1820 y dos días después a
jurarla. El nuevo gobernador, Don Juan Vasco Pascual, el día 15 de
mayo de ese año publicó una proclama declarando vigente en la isla, la
Constitución Española de 1812. Consecuentemente, Puerto Rico volvió
a adquirir la categoría de Provincia y parte integrante de la monarquía
y los puertorriqueños libres a quedar investidos con todos los derechos
de la ciudadanía española.
Distribución Electoral del 11 de junio de 1820
El brigadier Vasco Pascual procedió a constituir el 7 de junio
de 1820, la Junta Preparatoria de Elecciones. La Junta laboró con
ahincada eficiencia y terminados sus trabajos el 11 de junio de 1820,
rendía un dictamen por la cual rectificando la distribución electoral de
1812, disponía una nueva que tomando por base el último censo de
1818, fijaba a la Isla un total de 16, 767 ciudadanos, o sea, un aumento
de 3,220 sobre el anterior.
Distribución Electoral
I. Partido Primero o de San Juan : Elegía 25 electores
parroquiales
Parroquias Ciudadanos
- San Juan 1,125
- Vega Alta 123
Toa Baja 154 - Corozal 199
- Vega Baja 254
- Toa Alta 261
- Bayamón 489
- Guaynabo 109
Río Piedras 173
Cangrejos 19 - Trujillo Alto 164
- Loíza 177
Luquillo 90 - Fajardo 610
- Naguabo 147
- Humacao 354
- Maunabo 81
- Barranquitas 182
- Las Piedras 80
Juncos 191 - Caguas 281
Gurabo 53