Raices Puertorriqueñas Historia de Añasco

(Anascopr) #1

en lo más mínimo de las disposiciones que contiene el bando de policía
respecto a la matanza y prestar la correspondiente fianza para responder
de cualquier desorden, exceso o falta que pudiera cometerse, gracia que
duda merecer de la conocida bondad de Vuestra Excelencia”.
FGE: Añasco – Caja 401 – Legajo: 1861 – Fecha: 9 de julio de 1861 –
Ficha: 61/07/09.


Queja del Hacendado de Añasco al Gobernador por Motivo de
Esclavo Año 1861

Excelentísimo Señor Gobernador y Capitán General
Don Miguel López, vecino y hacendado de Añasco á Vuestra
Excelencia con el debido respeto espongo: Que en la noche del
veintiuno que cursa, muy poco tiempo después de oraciones ha sido
conducido a la cárcel pública por el alguacil un esclavo de la dotación
de la hacienda; y por cuya captura en el círculo del pueblo, he pagado
ocho pesos, según lo comprueba el recibo que acompaño. No pretendo
Excelentísimo Señor ni aun remotamente prejuzgar una medida que
aparece en el edicto fijado por el Señor Alcalde local, y emanada del
Superior Gobierno: la respeto y acato estensivamente.
Me limitaré tan solo á manifestar á Vuestra Excelencia que
esta cuota de ocho pesos que debierase entender en caso de fuga y no
de retención precautoria, ha despertado en empleados inferiores una
codicia vituperable y no el celo de sus obligaciones; á tal punto que con
antelación á la hora están apostados en las bocas de calles, aguardando
como ave de rapiña. La elevada inteligencia de Vuestra Excelencia
alcanzará desde luego que las haciendas que se encuentran limítrofes a
la población, y sobre todo, las que colindan con sus propios égidos
como hay varias, tendrán una contribución ruinosa. En efecto
Excelentísimo Señor los criados se retiran de la faena diaria del cultivo,
al entrar la noche y esta corta libertad les sirve para acudir al pueblo tan
cercano á llevar sus haces de yerbas, ó bien a proporcionarse en cambio
de alguna moneda el pan para sus hijos, ó algún otro artículo de
primera necesidad para ellos mismos.
A la respetable consideración de Vuestra Excelencia dejo el
concebir si es posible, a pesar de la más estricta vigilancia y severidad,
impedir la deserción en momento que no puedo cada uno de ellos
separadamente estar bajo el cuidado de los celadores y mayordomos.
Otras razones pudieran también alegar al apoyo de lo espresado
Vuestra Excelencia las alcanzará y no dudamos nosotros los
hacendados que serán pesadas en la balanza equitativa de su justicia
concediéndonos una modificación visible en dicho artículo ó que se
entienda únicamente esta multa de ocho pesos, después del toque de

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