Raices Puertorriqueñas Historia de Añasco

(Anascopr) #1

merced y ayuda a esta dicha villa para que se puedan hacer de
piedra y en lo demás que vea lo que sea servido y cada día no las
lleven ni devasten los dichos esteros ni ríos como lo hacen cada
vez que crecen, y se están sin adobar muchos días de cuya causa
los vecinos reciben mucho daño por no poder pasar a las dichas
minas y estancias. Por tanto en la mejor forma que puedo pido a su
merced haya información cerca de lo susodicho y habida, me la
mande dar en pública forma interponiendo en ella su autoridad y
decreto y para ello imploro su oficio y pídole que a los testigos que
en razón de lo susodicho presentare, los mande examinar por las
preguntas siguientes:



  1. Primeramente, si conocen a mí, el dicho Francisco de Ortega,
    y si saben que soy procurador del consejo de esta dicha villa
    este presente año; y si tienen noticia de los esteros donde están
    los puentes que son en el ejido de la sabana de esta villa y
    sobre la estancia de Luis de Añasco.

  2. Item si saben, creen, vieron u oyeron decir que las dichas
    puentes son muy necesarias en los dichos esteros y que no se
    podrían pasar sin estar en ellos las dichas puentes, hechas y
    aderezadas, y que serían muy mejor hechas de piedra porque
    los dichos esteros aunque crecen [sic.], no las llevarían como
    las han llevado y quebrado muchas veces siendo de madera
    como lo son. Digan y declaren lo que acerca de esto saben,
    etc.

  3. Item si saben que todas las veces que los dichos esteros han
    crecido y quebrado y llevado las dichas puentes, ha gastado el
    concejo de esta villa, muchos pesos de oro en las aderezar y
    tornar a hacer y han estado muchos días sin se poder pasar y
    digan y declaren lo que acerca de esto saben, etc.

  4. Item si saben etc., que los dichos esteros y puentes están en el
    camino que de esta villa va a las estancias y minas que forzoso
    han de pasar por ellas y que no se pueden evitar, ni proveer las
    dichas minas y estancias salvo por las dichas puentes y
    aquellas [sic.] faltando, recibirían mucho daño en esta villa y
    los vecinos y moradores de ella, pues no hay otra entrada ni
    salida sino por ellas, Digan cerca de ello lo que saben, etc.

  5. Item si saben, etc., que esta dicha villa no tiene propios ni
    rentas con que pueda acabar, ni hacer las dichas puentes y que
    cada vez que los dichos esteros las han llevado y quebrado se
    han adobado con ayuda de los vecinos y echándoles derramas
    para ello, de que han recibido mucho daño y las dichas
    puentes nunca se adoban bien y muy tarde. Digan lo que cerca
    de esto saben y si saben que las penas de cámara de que Su

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