costas y ser mui suficiente para ellos todo lo qual informo a su Señoría
como me lo ordena para que en su visita determine lo que fuere servido
y lo firmo en dicha villa en dicho día mes y año = Andrés Martínez de
Quiñones.
En el Pueblo de San Francisco de la Aguada en diez y ocho
días del mes de septiembre de mil setecientos y veinte y seis años, el
Teniente y Capitán a Guerra Don Antonio López de Segura Teniente y
Capitán a Guerra desde dicho Pueblo haviendo visto los Autos y en
ellos el de su Señoría el Señor Capitán de Cavallos Corasas Don Joseph
Antonio de Mendizaval y Azcue, Gobernador y Capitán General desta
Isla de San Juan de Puerto Rico por sus Magestades, Que Dios guarde,
firmado de su mano y refrendado dicho escripto por el Secretario de la
Gobernación Diego de Bastardo en que me manda su Señoría que le
informe lo que consta en dicho Auto: Digo que la parte de Añasco
Arriba no es Puerto de mar por razón de estar distante del mar como
una legua el dicho sitio donde se pretende fundar el Pueblo que tiene la
misma distancia poco más o menos de el mar que los Pueblos de San
Francisco de la Aguada y Nuestra Señora de Guadalupe de Ponce y que
en la Voca del Río del Guaorabo que es a donde está la guardia del
Puerto Nombrado la Peña de San Francisco es una bahía mui capas y
suficiente para surgir en ella cuales quiera embarcaciones de línea por
muchas y grandes que sean mayormente quando ay la combeniencia tan
fácil de hazer la Aguada en la voca de dicho río por cuya causa
antiguamente surgían las Flotas de su Magestad en ella y me parese
mui combeniente y del Servicio de Ambas Magestades que se funde el
dicho Pueblo en el dicho Sitio de Añasco Arriba por el bien que
resultara en lo espiritual y defensa de estas costas y ser mui suficiente
para ello, todo lo qual informo a su Señoría como me lo ordena para
que en vista determine lo que fuere servido y lo firmo en dicho Pueblo
de San Francisco de la Aguada en dicho día, mes y año arriva dicho =
Antonio López.
En la Ciudad de San Juan de Puerto Rico en cinco de agosto
de mil setecientos y veinte y siete años, su Señoría, el Señor Capitán de
Cavallos Corasas Don Joseph Antonio de Mendizaval, Gobernador y
Capitán General desde dicha Ciudad e Isla por el Rey Nuestro Señor
que Dios Guarde dijo que haviéndose su Señoría hechose cargo y
teniendo presente la representación hecha por parte del Sargento Mayor
Don Joseph de Santiago en vos y en nombre de algunos vesinos de la
Villa de San Germán y moradores del Pueblo de San Francisco de la
Aguada nominados por memoria que presento con su pedimento sobre
la fundazión de el Nuevo Pueblo que solisitan estableser y situar en el
Sitio de Añasco entre dicha Villa y Pueblo de San Francisco de la
Aguada con el motivo de haverse aumentado profusamente los
anascopr
(Anascopr)
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