Capitulares para efecto de tratar y inferir; cosas tocantes al bien público
desta república y estando en dicho Cavildo se presentaron unos Autos
por el Señor Teniente y Capitán a Guerra, Don Andrés Martínez de
Quiñonez, Regidores Anuales digo: Juez Comisionario deste Cavildo
que se han seguido entre partes de una, el Sargento Mayor Don Joseph
de Santiago por sí y en nombre de sus partes pretendientes y de la otra
el Ayudante Martín de Burgos por sí y en nombre de las suyas, lo que
se ha ejecutado en virtud de dicha Comisión que dio su Señoría el
Señor Capitán de Cavallos, Don Joseph Antonio de Mendizaval y
Azcue, Gobernador y Capitán General desta Isla y Ciudad de San Juan
de Puerto Rico por el Rey Nombrado (Que Dios Guarde) que se
nombrase Juez Comisionario para que oyese a su Ilustrísima y a otra
parte en justicia y se nombro al Teniente y Capitán a Guerra Don
Andrés Martínez de Quiñonez, quién pasó y ejecutó lo mandado por
dicho Señor Gobernador y Capitán General como de dichas diligencias
consta quién por hallarse en cama enfermo los remitió a este Cavildo
para que en su vista se cumpla con lo ordenado por el Auto de dicho
Señor Gobernador y Capitán General y haviendo visto las diligencias
hechas por dicho Teniente y Capitán a Guerra en orden a lo mandado
por su Señoría dicho Gobernador y Capitán General por su Auto de
dies y seis de diciembre de mil setecientos y veinte y siete años
mandamos se citen los Tenientes y Capitanes a Guerra así desta Villa
como del Pueblo de la Aguada para que se hagan su informe como se
manda y dichos se remitan dichos Autos a dicho Señor Gobernador y
Capitán General para que su Señoría lo determine como fuere servido y
se someten las citaciones de dichos Tenientes y Capitanes a Guerra al
Procurador General Don Esteban de Irizarry para su ejecusión y así lo
acordamos sin escribano por no haverlo y lo firmamos de que damos
fee = Baltazar Ramírez de Arellano = Francisco de Torres = Miguel de
Mercado = Germán de Quiñonez.
A continuación yo Don Esteban de Irizarry, Procurador
General desta Villa de San Germán en cumplimiento de lo que se me
ordena por los Señores Cavildo, Justicia y Regimiento por su Auto y
Decreto oy día de la fecha de cinco deste presente mes de abril pase a
las casas de la morada del Señor Teniente y Capitán a Guerra Don
Andrés Martínez de Quiñonez para efecto de citar con los Autos de su
Señoría el Gobernador y Capitán General y haviendo precedido la
alegría acostumbrada cité e hise saver el dicho Auto quién haviéndolo
oido y entendido dijo: que estava prompto a haser el informe que se
manda por dichos Autos y para que conste lo pongo por diligencia =
Esteban de Irizarry.
En la Villa de San Germán en seis días del mes de abril de mil
setecientos y veinte y ocho años, yo el Teniente y Capitán a Guerra
anascopr
(Anascopr)
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