Monarca y Señor y lo enfiánzamos debajo de la Señal de la Cruz y en
lo que hace a nuestro favor V. G. = Gregorio Rodríguez de Olivencia,
Francisco González de la Cruz.
Por desistidos y apartados estas partes y póngase con los
Autos que se han operado sobre la Fundazión del Nuebo Pueblo de
Añasco Arriva y su Coto y así lo proveo y mando yo el Teniente y
Capitán a Guerra Don Andrés Martínez de Quiñonez, Juez
Comisionario en este Sitio de Añasco en dose días del mes de
septiembre de mil setecientos y veinte y ocho años que lo firmo de que
doy fee = Por mi y Ante mi = Don Andrés Martínez de Quiñonez.
El Ayudante Don Martín de Burgos y Alonso Matías y Doña
Juana Vélez y sus partes y las demás partes mías como mejor aya lugar
por derecho y al nuestro combenga comparesemos ante su Ilustrísima y
decimos que a nosotros noticia ha llegado la comisión del Señor
Gobernador y Capitán General acometida a su Ilustrísima sobre la
contradizión del Coto pedido por los fundadores del Pueblo de San
Antonio de Añasco y que Don Juan Mejías y sus partes y los demás
vesinos de Savanetas partes que conmigo hicieron liga para dicha
contradizión de su propia voluntad para que por mi y por ellos la
pusiera, se han desistido y apartado por escripto de dicha contradizión a
lo que digo que por hallarme sólo y haver faltado los suso dichos a lo
que conmigo havían quedado, que desde luego hallándome solamente
con ellos como havían quedado conmigo prosiguiera el litígio pero
como sus no expresan la verdad del caso que desde luego
me aparto y desisto de dicha contradizión, por conocer ser yo Leal
Vasallo de mi Rey y Señor y Cristiano, cuyos motivos y el aumento de
la fundazión del Santo Templo me hase que ahora y en todo tiempo me
de su Ilustrísima por desistido de dicha contradizión y que aunque es
verdad que havía en mi escriptos ofresido venta lo hise fiado en las
dichas mis partes y supuesto que los mencionados no son hombres que
se mantienen en la verdad y se desafueron de la dicha venta, no puedo
yo sólo disfrutar mis ganados sólo si dejan libres las tierras de la dicha
contradizión para que el dicho Señor Sargento Mayor Don Joseph de
Santiago pueda con ellas proseguir con su Coto con apersivimiento que
se ha de seguir su Ilustrísima caviendo en justicia que se me conceda
algún tiempo para poder sacar los ganados que tenemos en dicho
terreno, por hallarme hoy día con poca salud cuyo motivo me hase
suplicárselo a V. Ilustrísima, que protesto por Dios Nuestro Señor y
una Señal de Cruz no ya ni venía en contra de dicho Coto que en ello
resiviré todo bien y ____ del cristiano obrar en la que actual como
administra por tanto al Ilustrísimo pido y súplico que en vista de este
mi escripto y lo en el expresado, provea a sus dándome por
concluso y desistido de dicha contradizión que así lo protesto y que se
anascopr
(Anascopr)
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