Vuestra Ilustrísima de su pareser y lizencia para el informe de la
Fundazión de la Parroquia como se manda en la Ley 1 Título 3 y Libro
1 de Recopilación de Indias con las circunstancias combenientes,
remitase a ese Tribunal los Autos originales que llevo procesado en
conformidad de las Reales Leyes que hablan sobre fundaziones y por
estas que recide en los Gobernadores para ejecutarlas los que pasan
ante el Teniente de la Villa de San Germán, para concluir las
diligencias que faltan a la principalísima de la fianza que por esta razón
de no hallarse en estado no me havía manifestado; lo que ejecutare
luego que sean debueltos a ésta Audiencia, en cuya atención en el Real
Nombre exorto, ruego y encargo a Vuestra Ilustrísima y en el mío
reherente pido y súplico se sirva mandar los asista Capellán en interin a
dichos Nuebos Pobladores y concurra con su pareser y lisencia luego
que se entreguen los Autos en ese jusgado para cumplir con las
obligasiones de Vice Patronato y Reales disposiciones que siempre con
gratitud concordia concurriré a la recíproca correspondencia que se
dice mantener entre los dos estados. Fechado en San Juan de Puerto
Rico en once días del mes de diciembre de mil setecientos y veinte y
ocho años firmado de mi mano y refrendado de mi infra-escripto,
Escribano de Gobernación = Don Joseph Antonio de Mendizaval y
Azcue = Por mi del Señor Gobernador y Capitán General = Don Diego
del Bastardo, Secretario de Gobierno.
A continuación Yo el Escribano de Gobierno vine a este
Palacio del Ilustrísimo Obispo Don Sebastián Lorenzo Pizarro del
Sagrado Orden del Señor San Bacilio el Magno dignísimo Obizpo de
este Obispado de Puerto Rico y sus anexos del Consejo de su Magestad
y haviendo precedido el Recado Político y Cortés de parte del Señor
Gobernador y Capitán General y pedido la lizencia a su Señoría
Ilustrísima y concediéndomela le íntime y leí el exorto de este pliego y
haviéndolo oido y entendido y mostrara su Ilustrísima me pidió le diese
testimonio de él y yo se lo dí de mandato de berval del Señor
Gobernador y Capitán General y de ello doy fee = Bastardo, Secretario
de la Gobernación.
Dí testimonio berval al Ilustrísimo y Excelentísimo Señor
Obispo de pedimento de su Señoría Ilustrísima y mandato del Señor
Gobernador y Capitán General fechado ve supra = Bastardo, Señor
Escribano de Gobierno.
En la Ciudad de San Juan de Puerto Rico en dies días del mes
de marzo de dicho año yo el dicho Escribano en cumplimiento de lo
mandado en el Auto ante escrito haviendo buelto efectos de Pueblo de
Añasco, los lleve al Palacio del Ilustrísimo y Excelentísimo Señor
Obispo y se los entregué al Señor Don Matías Bejar, su secretario; lo
que no havía hecho antes por haber estado su Ilustrísima en la Visita
anascopr
(Anascopr)
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