Ciudad y para que conste lo pongo por diligencia, y de ello doy fee =
Bastardo, Secretario de Gobierno.
Su Ilustrísima el Sargento Mayor Don Joseph de Santiago
vesino de la Villa de San Germán y morador en el Pueblo de San
Francisco de la Aguada por mi en vos y en nombre demás de ochenta
vesinos de dicho Pueblo y su territorio por quienes tengo prestada vos y
causión de rato grato como mejor de derecho proceda, paresco en el
justo y piadoso Tribunal de Vuestra Ilustrísima y digo que por
combeniencia al Servicio de Dios y a la Real Magestad y al bienestar
de dichas mis partes hazer un Pueblo para su avitasión en el Sitio de
Añasco Arriva que está entre del terreno de dicha Villa y Aguada parte
mui cómoda para dicho efecto en donde hay una Hermita de San
Antonio por seguirse de ello mucho bien en lo espiritual y temporal
pués por lo distante que viven del Pueblo de la Aguada dichas mis
partes ni sus familias, no oyen misa en todo lo más del año y algunos
en enfermedades violentas mueren sin sacramentos sin que en ello
tenga culpa ni omisión el Padre Cura actual de dicho Pueblo de la
Aguada porque es muy vigilante en el cumplimiento de sus
obligasiones todos lo que me motivo por mi y en nombre de los demás
avitantes de aquel territorio a presentar escripto ante el Señor
Gobernador y Capitán General desta Plasa pidiendo lisencia para la
fundación de dicho Pueblo obligándome yo y dichas mis partes a
lebantar Iglesia Parroquial y a pagar el salario o renta para su consigna
al Cura o Capellán que se nos diere para dicha Iglesia y a su Sacristán
con otras obligasiones y expresiones del Real Servicio condusentes a la
mayor seguridad y vigor de dicho Nuebo Pueblo y haviendo informes
de los Tenientes de dichos Partidos con toda justificación en vista de
ellos su Señoría Señor Gobernador y Capitán General despacho
comisión para que el Cavildo, Justicia y Regimiento de dicha villa su
Teniente y el de la Aguada con asistencia del Padre Cura y Vicario de
dicha Villa y Aguada a quienes se les suplicó por ruego y encargo
concurriesen en días asignados con los principales pobladores a la parte
destinada para dicha poblazión y concurriendo informes plantificaren y
arreglasen su situación de modo que quedase en la parte más cómoda y
llana que diese lugar el terreno a fin de hermosear su contextura y
arreglado que fuese se levantase Iglesia con Sacristía, Cementerio y
Campanario en la mejor disposición y desencia que permitiese la
posibilidad de los fundadores anteponiendo a estas diligencias el que
primero se le señalare consigna y renta según y satisfasga al Cura que
hubiese de avitar en dicho Pueblo otorgando escriptura en forma y que
esta se remitiese al Señor Juez Eclesiástico para que en vista de su
propiedad le nombrase confirmase y permitiese o diese lizencia para la
situación y fábrica de esta Iglesia porque se halla ya dicho Pueblo
anascopr
(Anascopr)
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